Una discapacidad física sobrevenida es motivo de notificación a Tráfico de cara a actualizar nuestro carnet de conducir. Así nos lo recuerda este fin de semana Tododisca, uno de los sitios web de referencia de información sobre el sector social de la discapacidad. El medio nos recuerda que la DGT vela porque las personas con lesión medular o grandes discapacidades puedan seguir manteniendo una calidad de vida incluso después de esta circunstancia.
Esto incluye unos supuestos muy concretos en los que, si la condición física lo permite, podemos seguir manejando el volante y siendo personas autónomas, en este sentido.
Ante el temor de perder el carnet por sobrevenirnos una discapacidad, la web ya busca calmar los ánimos: «En la mayoría de casos, la DGT no quita el carnet al conductor, ya que aunque la discapacidad sea sobrevenida, lo más probable es que pueda seguir conduciendo», explica en el artículo Manuel Bermejo.
No obstante, la notificación a Tráfico tras una discapacidad física sobrevenida es obligatoria. A partir de ese momento, se inicia una serie de trámites en los que se determinará si la persona es apta o no para seguir conduciendo un coche con un carnet B adaptado.
Procedimiento habitual
Ante la discapacidad física sobrevenida, si la persona desea volver a conducir, tiene que acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores. Allí, puede recibir tres calificaciones diferentes; Apto, No Apto, o Interrumpido a la espera de presentación de informes.
Al recibir Apto, también puede indicar si es con o sin condiciones restrictivas. En ese primer supuesto, el siguiente paso consiste en superar las pruebas de conocimiento teóricas y prácticas que establece el organismo. No obstante, si recibimos la apostilla “Con condiciones restrictivas”, hemos de acudir antes a cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Allí, verificaremos las adaptaciones necesarias para nuestro vehículo. En dicho caso, explica Tododisca; «la Jefatura de Tráfico, si fuese necesario, podría solicitar un informe complementario de la autoridad sanitaria competente y/o realizar una prueba práctica».
Las clases de conducir se llevarán a cabo en un vehículo adaptado. Por último, si recibimos un “No Apto”, podemos aportar certificados médicos para acreditar nuestras condiciones físicas y emocionales, y contrastarlas en la Jefatura correspondiente.