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Conocer nuestro derecho al ejercicio de la capacidad jurídica es importante. Sin embargo, a veces el lenguaje legal es abigarrado y excesivamente complejo. Por ello, la sede de ASPAYM en la provincia de Burgos acoge esta tarde a las 17.30 horas una charla en torno a estos temas. El encuentro, presencial y online, estará desarrollado por el abogado Juan Carlos Gallardo, del bufete INNOVA.

«La idea es poner al día a todos los que nos escuchen de las reformas realizadas», anticipa Gallardo a Comunica ASPAYM. Estas actualizaciones entraron en vigor el pasado año, en la Ley 8/2021, de 2 de junio. Son un mecanismo legal más en apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

«La ley modifica todo lo que conocíamos sobre este derecho». Tradicionalmente se ha aplicado a personas con discapacidad intelectual, a las que se solía imponer, como norma general, el tutelaje: «Se ‘pasaba un rodillo’, se decía que la persona era incapaz y se nombraba un tutor que hacía o deshacía a su antojo».

Ahora España busca adaptarse a un convenio internacional, firmado en Nueva York en 2006, para reconocer el derecho a asumir sus propias decisiones: «Los procedimientos judiciales terminan diciendo que determinada persona necesita apoyo en determinadas acciones de su vida». En función de su grado de discapacidad, serán apoyos mayores o menores.

Cambio de paradigma

El paradigma cambia. La persona ejerce su voluntad, pero precisa apoyos en determinadas acciones de su vida, desde vender hasta abrir una cuenta bancaria. «Un traje a medida del apoyo que precise esa persona con discapacidad». Más allá de los casos de personas con discapacidad intelectual, lo mismo se aplica a las personas con altas discapacidades físicas: «Van a poder contar con una tercera figura que antes no estaba regulada». Ya sea un guardador de hecho o un cuidador, podrá realizar determinadas actuaciones que la propia persona con discapacidad determine.

«Si el grado de discapacidad le impide salir de su domicilio puede hasta darle un poder notarial». Esto es regulable incluso en aquellos casos de enfermedad degenerativa, para que las funciones aumenten si la discapacidad se agrava: «Si esa misma persona sabe que por su patología va a necesitar a alguien que asuma funciones de curador, podrá designar a la persona que desempeñe esas tareas cuando esa situación se produzca. Todo pivota en torno a que la persona con discapacidad sea siempre dueña de sus actos. Tanto ahora como en el futuro, si su grado de discapacidad va incrementándose.

Dudas recurrentes

Al margen del ejercicio de la capacidad jurídica, Gallardo reconoce dos tipos de duda recurrente: «La principal que tiene la persona es saber qué va a ocurrir con ella o sus cuidados, su patrimonio y su futuro, cuando no sea capaz de decidir». Para eso, la nueva ley arbitra toda esta serie de soluciones. De esta forma, la decisión recaerá siempre sobre la propia persona.

Por otra parte, desde un punto de vista diferente, está la figura de los padres que tienen a una persona con discapacidad en su entorno. Estos se plantean qué va a ocurrir cuando ellos falten: «Para esos supuestos existen una serie de medidas legales implementadas en los últimos años», expone Gallardo. «Se protege a los hijos con discapacidad en términos de los testamentos, primándoles o dándoles preferencia en relación con el patrimonio de sus padres». El abogado indica que incluso existen determinados mínimos que la ley contempla en los que el reparto de la legítima a partes iguales se supere en casos de que un hijo tenga una discapacidad.

Para Ester de la Fuente, trabajadora social en ASPAYM Burgos, esta charla supone «una oportunidad inmensa de dar respuesta a las dudas jurídicas más acuciantes de las personas con discapacidad y sus familias». Además, De la Fuente subrayó lo propicio de la ocasión de contar con «un profesional reconocido respaldado y por una firma de gran prestigio», que dedicase tiempo y recursos a transmitir «de forma muy clara y sencilla» conceptos legales «a veces un tanto difíciles de comprender».

Para inscribirse online hay que enviar un correo a comunicacion@aspaymcyl.org

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