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La Federación Nacional ASPAYM se adhiere a la iniciativa de CERMI que aboga por la reforma del artículo 49 de la Constitución y la eliminación del término ‘disminuido’ de la Carta Magna. Por ello, exhortamos a las diferentes fuerzas políticas con representación en el Parlamento para que defiendan a las personas con discapacidad como tradicionalmente se ha hecho siempre. Un apoyo que pretendemos que sea unánime y con independencia de colores e ideologías.

La Constitución Española ya cumplió con la protección de los derechos de las personas con discapacidad y su visibilidad en 1978, al reservarles el artículo 49 para su expresa defensa. Sin embargo, las sensibilidades han cambiado, y las maneras de expresarse entonces, pese a ser bienintencionadas, no resultan justificables en 2021.

Un texto que urge revisar

Esto dice el artículo 49 de la Constitución: «Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos».

Ese texto en general, y la palabra ‘disminuidos’ en particular, no son admisibles hoy en día. Como indica el CERMI, no están alineados «con la visión plena de derechos humanos, que es el único abordaje admisible en relación con la discapacidad».

La Carta Magna no se ha actualizado a este respecto… hasta el día de hoy. Existe en marcha una propuesta de reforma que sustituye ese término por el más apropiado ‘personas con discapacidad’. Y es que, como reclamamos el Día de las Personas con Discapacidad, el lenguaje es importante. Eso mismo opinan desde CERMI, que aplaude que desaparezcan expresiones «hirientes e insostenibles» para referirse a este colectivo.

La propuesta de reforma de nuestra Constitución llegó a las Cortes Generales en primavera, y fue aprobada por el Consejo de Ministros en mayo. En ella ya desaparece el término ‘disminuido’, y en su lugar se utiliza ‘personas con discapacidad’. Otra reforma de peso es una mayor protección hacia mujeres y niñas con discapacidad. Con todo, espera ser debatida y tramitada en los próximos meses, en el caso de que logre sumar las mayorías necesarias.

Converger hojas de ruta

Es necesario que quienes piensan diferente lleguen a acuerdos mínimos. ASPAYM entiende que en el día a día de la esfera pública existan posturas encontradas y debates en apariencia irreconciliables. Estas divergencias son fruto natural de la defensa de las respectivas hojas de ruta presentes en cada agrupación política. Además, están en consonancia con la diversidad de la sociedad española.

Por seguir con la Constitución, el pluralismo político y la libertad ideológica y de pensamiento son derechos fundamentales recogidos por la misma Carta Magna, Concretamente, en sus artículos 6, 16 y 20.

Sin embargo, ASPAYM también considera que toda democracia robusta debe levantarse sobre unos pilares mínimos de consenso. Esto implica unas bases de común acuerdo para que la igualdad y la libertad de cada persona sigan siendo reales y efectivas.

Pues bien, de entre todas aquellas bases, la defensa y la protección de los derechos de las personas con discapacidad no pueden quedar al margen.

Asimismo, esta entidad también recuerda e invoca el trabajo que históricamente se ha dado en los distintos avances y reconocimientos de las personas con discapacidad. Por parte de gobiernos de uno y otro signo. Por ello, apelamos a esa coherencia política con el fin de lograr un consenso necesario para los cerca de cuatro millones de personas con discapacidad que actualmente hay en España.

En definitiva, ASPAYM insta a los partidos con representación parlamentaria con el ánimo de que lleguen a un acuerdo para la reforma del artículo 49 de la Constitución. El texto seguirá reconociendo la necesidad de protección de un colectivo vulnerable, y prohibirá cualquier discriminación a las personas con discapacidad. Pero además eliminará el ya obsoleto término ‘disminuido físico, sensorial y psíquico’. Esta expresión se encuentra, a todas luces, fuera de lugar en una sociedad tan consciente de cómo el lenguaje condiciona el pensamiento y las maneras de proceder en las personas.

Reformas en la Carta Magna

Hasta la fecha, nuestra Constitución solo ha admitido dos reformas, desde su aprobación en 1978. En primer lugar, en 1992, cuando se abrió el derecho de voto de las personas extranjeras a las elecciones municipales. La segunda vez, más reciente, en 2011, con la polémica reforma del artículo 135 que blindó la estabilidad presupuestaria.

La que sería ya la tercera reforma en la Carta Magna de nuestra actual democracia sería también la primera de carácter social. Por eso, en palabras del manifiesto del CERMI, debe tramitarse «con el mayor de los consensos políticos y sociales».

Además, esta reforma no solo actualizaría el documento jurídico más importante del país, sino que lo haría en plena consonancia con acuerdos internacionales. Concretamente, con la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad de 2006.

El consenso al que se logre llegar y la aprobación de esta reforma supondría, en última instancia, un ejemplo de altura de miras para toda la ciudadanía española, incluyendo personas con y sin discapacidad. Sería además un faro de referencia para la política europea y extranjera, que situaría a nuestro país como un Estado ejemplar en la defensa de los derechos de este colectivo.

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